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Conoce los términos inmobiliarios más frecuentes del proceso de compra de tu vivienda
18 Octubre 2017

¿Tienes dudas? Conoce los términos inmobiliarios más frecuentes del proceso de compra de tu vivienda

En ocasiones, cuando estamos pensando en comprar nuestra nueva vivienda, nos ponemos a leer o preguntar y es ahí cuando salen en estas conversaciones, términos inmobiliarios que no sabemos exactamente qué es lo que significan.

Para ayudarte a que entiendas mejor todos estos conceptos, dese Futurcasa Inmobiliaria hemos elaborado un práctico glosario para que no se te escape ninguno de estos términos.

 AMORTIZACIÓN

Pago o extinción de una deuda. Devolución total o parcial de un préstamo.

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA

Es la devolución total o parcial de un crédito antes de la fecha pactada. Normalmente está sujeta a una comisión.

ARRENDAMIENTO

Existen diversos tipos de arrendamiento según el objeto del mismo: bienes, de obras o de servicios. En el arrendamiento de bienes, una de las partes (arrendador) se obliga a dar a la otra (arrendatario) el goce o uso de un bien por tiempo determinado y precio cierto.

BASE IMPONIBLE

Magnitud tributaria, expresada en dinero o en elementos de hecho, que se utiliza como punto de partida para calcular la cuantía del impuesto que debe pagar el contribuyente.

BONO LIQUIDABLE

Es la Base Imponible menos las reducciones establecidas por ley.

BONOS DEL TESORO

Deuda del Estado con vencimiento inferior a 18 meses, emitida al descuento y al portador.

CADENCIA

Frecuencia con que se realiza la modificación del tipo de interés en los préstamos contratados a tipo variable. Esta periodicidad varía normalmente entre uno y tres años.

CANCELACIÓN ANTICIPADA

Amortización total y anticipada del préstamo. Normalmente sujeta a una comisión, que varía dependiendo del tipo de interés del préstamo. En general, si el tipo de interés es fijo, la comisión es más elevada que si el interés es variable.

CANCELACIÓN REGISTRAL

La cancelación de un préstamo hipotecario debe hacerse constar en el Registro de la Propiedad. Para ello es necesario firmar una escritura de cancelación y liquidar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Esta escritura se inscribe en el Registro, anulando la carga hipotecaria.

CAPITAL AMORTIZADO

Parte del préstamo o del crédito ya pagado.

CAPITAL PENDIENTE

Parte del préstamo o del crédito que queda por pagar.

CARGAS

Limitaciones al dominio de una finca. Constan en documento público y se inscriben en el Registro de Propiedad. No siempre implican derechos económicos. Ejemplos de cargas son los usufructos, las condiciones resolutorias, los censos, etc.

CATASTRO

Censo y padrón estadístico de las fincas rústicas y urbanas.

CÉDULA DE CLASIFICACIÓN DEFINITIVA

Certificado expedido por las distintas consejerías de la vivienda de las correspondientes Comunidades Autónomas, en el que se especifican las características de las Viviendas de Protección Oficial (V.P.O.), así como sus precios máximos de venta y alquiler.

CERTIFICADO REGISTRAL

Documento que expide y legitima el Registro de la Propiedad, en el que se expone la situación de cargas de una finca.

CONTENIDO

Conjunto de bienes que se hallan dentro de la vivienda, en los locales dependientes o en patios y jardines pertenecientes a la misma excepto garajes y zonas comunes. El contenido incluye muebles, ropa, enseres, víveres, antenas individuales, joyas y electrodomésticos. No se consideran los vehículos a motor y los ciclomotores.

CONTINENTE

Conjunto de construcciones principales y accesorias, con sus instalaciones, tanto fijas como aquellas necesarias para la solidez de la vivienda, adorno, higiene o comodidad.

CONTRATO DE ADHESIÓN

Contrato general o estandarizado redactado por la parte vendedora o prestataria de servicios para que sea firmado y asumido por el comprador.

DIFERENCIAL

Porcentaje que se suma al valor del índice de referencia para obtener un nuevo tipo de interés a aplicar en cada revisión.

DIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL

Acto documentado en título público, mediante el cual se divide un inmueble en varias y distintas fincas registrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad.

ESCRITURA

Documento público firmado y ratificado por un notario. Posteriormente, se inscribe en el Registro de la Propiedad. En el caso de las viviendas las escrituras más relevantes son las de compraventa, de hipoteca y de declaración de obra nueva.

ESCRITURA DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA

Documento otorgado ante notario por el cual se da por finalizada una hipoteca al haberse cumplido la obligación garantizada, para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

ESCRITURA DE COMPRAVENTA

Documento otorgado ante notario por el que se transmite una cosa a cambio de un precio.

ESCRITURA DE HIPOTECA

Documento otorgado ante notario en el que se afecta uno o varios bienes inmuebles en garantía de una o varias operaciones.

ESCRITURA DE PROPIEDAD

Documento público por el que se adquiere la titularidad de una vivienda, susceptible de su inscripción en el Registro de la Propiedad.

EURIBOR

Promedio del precio del tipo de interés al que las entidades financieras europeas más significativas se prestan dinero en el mercado monetario.

FE PÚBLICA

Conformidad a nivel administrativo y a todos los efectos de la veracidad del contenido de un documento.

GASTOS A CARGO DEL PRESTATARIO EN UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Cantidades que deben pagarse como consecuencia de la realización de determinadas actuaciones necesarias tales como tasación, realización de escritura pública, pago de impuestos, etc.

GASTOS DE ESTUDIO Y FORMALIZACIÓN DE LA HIPOTECA

Gastos previos a la constitución de un préstamo hipotecario en los que incurre la entidad financiera para poner en marcha dicha operación y que se le repercuten al cliente/prestatario.

GASTOS DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Gastos derivados de la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Se calculan en función de la responsabilidad hipotecaria y según una tarifa porcentual legalmente establecida.

IMPUESTO DE LOS BIENES INMUEBLES (IBI)

Tasa municipal que grava la propiedad de una finca. Se cobra anualmente y se calcula según un porcentaje que se aplica al valor catastral.

IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTOS (IAJD)

Impuesto que se aplica sobre actos formalizados en documentos públicos. En el caso de la hipoteca, se calcula sobre la responsabilidad hipotecaria que es del orden de 1´5 veces del capital del préstamo. El IAJD puede variar según las comunidades.

INTERÉS

Porcentaje que se aplica al capital pendiente de un préstamo para calcular los intereses a pagar por parte del prestatario y que forman parte de la cuota.

LICENCIA DE OBRA

Permiso municipal necesario para la iniciación de obras o modificaciones arquitectónicas en un inmueble.

MINUTA DE ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Proyecto escrito que contiene los acuerdos a los que han llegado las partes de un préstamo.

PACTOS SOBRE CESIÓN Y SUBROGACIÓN

Estos tienen especial relevancia para el deudor, dado que, si quiere vender la finca hipotecada, no es imprescindible cancelar el préstamo, sino que el comprador puede hacerse cargo de él, descontando del precio de venta la cantidad pendiente. Para ello es necesario el consentimiento de la entidad de crédito.

PLAN OFICIAL DE LA VIVIENDA

Plan desarrollado por la Administración para facilitar la adquisición o la rehabilitación de determinadas viviendas habituales a aquellas personas que reúnan unas determinadas circunstancias económicas y familiares.

PLUSVALÍA

Aumento del valor de un bien, por razones distintas al trabajo o actividad productiva de su propietario o poseedor. También, aumento del valor de unos terrenos o inmueble a causa de trabajos o inversiones realizadas por la administración o por el propietario.

PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Préstamo que, además de contar con la garantía personal del prestatario, se garantiza, adicionalmente, con una vivienda, un inmueble o un bien. Junto a la devolución del capital prestado, garantiza también el cobro de los intereses ordinarios, los intereses de demora, las costas y los gastos derivados de una posible reclamación judicial en caso de incumplimiento de los pagos. Se formaliza en escritura pública que se inscribe en el Registro de la Propiedad.

PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN

Vía a través de la cual la entidad financiera puede hacer efectiva la deuda impagada de un préstamo en caso de que no lo haga el prestatario.

PROVISIÓN DE FONDOS

Cantidad de dinero adelantada a un profesional a cuenta de la liquidación final que éste presente por sus servicios.

PROYECTO DE EJECUCIÓN

Fase del trabajo que desarrolla el proyecto básico, con la determinación completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos. Esta fase puede llevarse a cabo, en su totalidad, antes del comienzo de la obra o parcialmente antes y durante la ejecución de la misma. Su contenido reglamentario es suficiente para obtener el visado colegial necesario para iniciar las obras.

RECLAMACIÓN JUDICIAL

Demanda o solicitud que realiza una o varias personas a otra u otras a través de los juzgados y tribunales.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Oficina pública que tiene por función llevar los libros oficiales en los que consten todas las circunstancias que afectan a las fincas de la demarcación correspondiente a dicho Registro.

REQUERIMIENTO JUDICIAL

Impone a una persona el deber de realizar una determinada declaración de voluntad o cualquier otra conducta del mismo.

RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA

Es la cifra máxima de la que responde cada una de las fincas hipotecadas. Suele incluir el importe principal del préstamo, más una cantidad referida a intereses ordinarios, otra a intereses moratorios y otra a costas y gastos.

SEÑAL O ARRAS

Importe anticipado de parte del precio de una compraventa del comprador al vendedor. Esta entrega a cuenta subraya la firmeza del contrato de compraventa. Si el comprador decide no comprar perderá la cantidad entregada, y si es el vendedor el que decide no consumar la compraventa, deberá devolver al comprador lo que éste le entregó anticipadamente más otra suma igual, si así se pacta.

 SUBASTA PÚBLICA

En caso de ejecución de una hipoteca, venta o enajenación de bienes que se adjudican al mejor postor de entre todos los que pujan en la misma. Pueden ser judiciales (por orden de un Juzgado o Tribunal) o extrajudiciales (ante notario).

SUBROGACIÓN

Acción por la que el comprador de una finca asume los derechos y obligaciones de otra persona por razón de un préstamo anteriormente concedido con garantía de dicha finca. Es una acción muy habitual cuando se compra una vivienda nueva directamente al promotor de la misma, el cual ha obtenido un préstamo hipotecario para financiar su construcción. Con la compra del inmueble, el comprador tiene la opción de subrogarse en la responsabilidad hipotecaria que grava el inmueble, deduciendo del precio de la compraventa el importe del préstamo. El documento donde se materializa la subrogación es la propia escritura de compraventa. También se conoce por subrogación el hecho jurídico de sustitución del acreedor hipotecario.

SUPERFICIE COMPUTABLE

Superficie construida más la parte proporcional de la portería, escalera, azotea, jardín comunitario, etc., que le corresponda a un propietario según su cuota de copropiedad.

SUPERFICIE CONSTRUIDA

Todos los metros cuadrados de la vivienda, incluyendo el grosor de las paredes, a veces los patios y los conductos de ventilación.

SUPERFICIE CONSTRUIDA CON ELEMENTOS COMUNES

Toda la superficie construida de la vivienda y la parte proporcional de los espacios comunes del edificio que le corresponden, según la cuota de copropiedad.

SUPERFICIE ÚTIL

Todos los metros cuadrados de la vivienda, incluidos los balcones, pero sin contar las paredes. Las azoteas y patios se indican aparte, aunque a veces se incluye como superficie útil.

TASA ANUAL EQUIVALENTE (T.A.E.)

Resultado de una fórmula matemático-financiera supervisada por el Banco de España. Sirve para comparar el coste real de diferentes ofertas. En particular, en los casos de préstamo con interés variable, la TAE se calcula suponiendo que los intereses sucesivos sean los de la primera revisión, contada según el último valor publicado del índice de referencia.

VALOR CATASTRAL

Valoración que figura en el catastro de una determinada finca.

VERIFICACIÓN REGISTRAL

Es el vencimiento anterior a la fecha de un préstamo por cualquier causa establecida en las leyes o en el correspondiente contrato.

VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL (V.P.O)

Las viviendas de protección oficial cumplen una serie de condiciones que benefician a sus compradores, tanto económica como fiscalmente. Por otra parte, los compradores también deben reunir unas condiciones establecidas en cuanto a titularidad de inmuebles, ingresos familiares, etc. para poder aprovecharse de sus ventajas.

 

Esperamos que con este pequeño glosario de algunas de las palabras más frecuentes con las que te vas a encontrar en la compra de tu vivienda, encuentres la respuesta a tus posibles dudas.

Si necesitas más información o realizar cualquier consulta, no dudes en contactar con Futurcasa Inmobiliaria.   ¡Estaremos encantados de ayudarte!

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