Luminoso piso en 2ª planta sin ascensor, ubicado en la céntrica y demandada zona Corazón de Jesús, con todos los servicios al alcance: supermercados, colegios, farmacias, transporte público, parques y comercios locales.La vivienda cuenta con 78 m² construidos muy bien distribuidos:•Salón-comedor exterior con acceso a un acogedor balcón, ideal para disfrutar de la luz natural durante todo el día con orientación este.•Cocina independiente, funcional y con espacio suficiente.•2 dormitorios, uno de ellos con acceso a un vestidor.•1 baño completo.Reformado completamente en el 2007, con instalación eléctrica y fontanería renovadas, además de ventanas de aluminio.Piso con buena ventilación y orientación, con el desgaste de los años por uso de inquilinos pero perfecto tanto para entrar a vivir con una pequeña actualización como para invertir con buena rentabilidad.Ideal para familias que buscan tranquilidad y servicios cerca, o para inversores que deseen un inmueble con alta demanda de alquiler en la zona.Llámanos ahora y sé el primero en visitarlo.
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, deservicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, sehace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, loscuales se desglosan a continuación:- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente enla Comunidad Valenciana (generalmente el 10%, sin perjuicio de tipos reducidos del 3%, 4%, 6%o 8% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características delinmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta,aquel que resulte superior.- Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial reguladoen el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba elarancel Notarial.- Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el aranceloficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el quese aprueba el arancel Notarial.- En caso de que se utilice financiación bancaria para la compra del inmueble, puede incurrir engastos adicionales. Por favor, consulte con su entidad financiera.Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en laComunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en elsiguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd
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Última actualización: 7 de mayo de 2026
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